Resolución Directoral
N° 118-2012-IE No. 31789 “MG”
La Oroya, 29 de diciembre del 2012. 29 de diciembre del 2010de d....
Visto: el Libro de Actas de La Dirección sobre reunión del personal docente en pleno y administrativos de la I.E. No. 31789 “Miguel Grau”(hojas 36 y 38), desarrollado el dieciocho de diciembre del 2012 y demás actuados.
CONSIDERANDO.-
Que, la Ley No. 28044, Ley General de Educación, en el Artículo 69º establece que el Consejo Educativo Institucional es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana en las II.EE. del Perú regidos por sus propias Normas Legales.
Que, por Decreto Supremo No. 023-2003-ED, se conforman los Consejos Participativos Regionales de Educación, los Consejos Participativos Locales de Educación y los Consejos Educativos Institucionales, integrados por representantes designados de conformidad con lo establecido por la Ley General de Educación No. 28044 y de acuerdo con la realidad del ámbito respectivo concordantes con las normas legales específicas que beneficien a los estudiantes e I.E.
Que, la Dirección de la Institución Educativa Estatal de Menores No. 31789 “Miguel Grau”, ha convocado a una asamblea general de docentes para aprobar la distribución de secciones para el año 2013.
Que, la Dirección de la I.E. “Miguel Grau” con opinión de la Subdirección Académica desde hace más de catorce (14) años atrás en estricto cumplimiento de sus funciones y fiel a la Escala de Valores (1ro. Alumnos, 2do. Institución Educativa y 3ro. Asuntos personales) de la I.E. precisados en el PEI y otros documentos de gestión interna, siempre ha tomado la decisión administrativa de la distribución de secciones, grados y turnos para el cumplimiento cabal de las horas efectivas en la dirección del aprendizaje por los docentes de aula y por horas quienes acatan y acataron las decisiones e indicaciones de la Autoridad. Cuyos resultados son evidenciados por el alto prestigio y calidad educativa que tuvo la I.E. “Miguel Grau”.
Que, la Dirección de la I.E. “Miguel Grau” con la creación e implementación obligatoria de los Consejos Educativos Institucionales (CONEI) en las II.EE. del país desde hace más de nueve (09) años con opinión de la Subdirección Académica e integrantes del CONEI ha tomado la decisión administrativa en la distribución de secciones, grados y turnos.
Que, a gestión de la Dirección y Órganos Internos de la I.E. se ha logrado la creación de una plaza presupuestada de un docente de aula para la Coordinación del Aula de Innovación Pedagógica (DIGETE II) siendo así reasignado un profesional como docente de aula y no como docente del Aula de Innovación Pedagógica (DIGETE II).
Amparado, en la Constitución Política del Perú,, en la Ley No. 28044 y sus modificatorias Ley No. 28123, 28302, 28329, Reglamento de Educación Básica Regular D.S. No. 013-2004-ED, Ley No. 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública y su modificatoria Ley No. 28496 y su Reglamento aprobado por D.S. No. 033-2005-PCM, Ley No. 28628 Ley que Regula la Participación de las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones Publicas y su Reglamento D.S. No. 004-2006-ED, D.S. No. 007-2001-ED Normas para la Gestión, Desarrollo de las Actividades en los Centros y Programas Educativos, D.S. No. 023-2003-ED Disposiciones de Emergencia y Reforma en la Aplicación de la Ley General de Educación, Directiva No. 088-2003-VMGI Normas para la Conformación, Formalización y el Registro de los Consejos Educativos Institucionales en las Instituciones Educativas, Unidades de Gestión Educativa Local y/o Direcciones Regionales de Educación, Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa D.S. No. 050-82-ED, Directiva No. 007-2007-D.UGEL Y/AGA-EPER de Control de Asistencia y Permanencia del Docente y Administrativo de las II.EE. de la UGEL Yauli, R.M. No. 0431-2012-ED que aprueba la Direcctiva No. 014-2012-MINEDU/VMGP sobre Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013, Resolución Directoral Subregional de Educación de Junín No. 02083-DSREJ del 26-03-1998 donde se reasigna como Director Titular de la I.E. “Miguel Grau” al Profesor Francisco Secinio Solís Ortega quien más de doce (12) años a esa fecha venía desempeñando similar cargo en una I.E. del Ex – Sistema Fiscalizado de Centromin Peru, por ser Ganador de Concurso Público a nivel del Sistema Educativo de Centromin Peru, Reglamento Interno de la I.E., R.D. No. 022-2011-IE 31789 “MG” que aprueba el Reglamento del Consejo Educativo Institucional de la Institución Educativa “Miguel Grau” y otras normas conexas y anexas.
Con opinión favorable del Subdirector Académico e integrantes del Consejo Educativo Institucional de la I.E. “Miguel Grau”
SE RESUELVE.-
Artículo 1º.- APROBAR LA DISTRIBUCIÓN DE SECCIONES Y TURNOS de los docentes de aula y por horas además de un administrativo de la Institución Educativa No. 31789 “Miguel Grau” de la siguiente manera:
NOMBRES Y APELLIDOS
|
TURNO DE TRABAJO
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GRADO Y SECCIÓN
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Jorge Antonio SOLÍS DE LA CRUZ
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07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
PRIMER GRADO “A”
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Edwin Rolando ALBORNOZ DELGADO
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
PRIMER GRADO “B”
|
Luz Margarita HILARIO VIVAS
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
PRIMER GRADO “C”
|
Carlos Alberto UNTIVEROS MEDRANO
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
CUARTO GRADO “A”
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Emma Beatriz RUPAY GUZMÁN
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
CUARTO GRADO “B”
|
Andrés Abel ADAUTO ALCÓCER
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
CUARTO GRADO “C”
|
Lucía ADAMA GUERRERO
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
CUARTO GRADO “D”
|
Rita CÓNDOR TOSCANO
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
SEXTO GRADO “A”
|
Rosa QUINTANA CHAMORRO
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
SEXTO GRADO “B”
|
Lina Exilda RAU CALIZAYA
|
07:50 A 12:50 HORAS (Mañana)
|
SEXTO GRADO “C”
|
Jeny ESPINOZA MACHACUAY
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
SEGUNDO GRADO “A”
|
Judy Marleni MEZA INGA
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
SEGUNDO GRADO “B”
|
Ludy Margot SUÁREZ AGUILAR
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
SEGUNDO GRADO “C”
|
Juana HUAMÁN RAMOS
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
TERCER GRADO “A”
|
Sonia Apolonia CHÁVEZ QUISPE
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
TERCER GRADO “B”
|
Ana Berta TORO CANCHARI
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
TERCER GRADO “C”
|
Marisol AYALA CORNEJO
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
QUINTO GRADO “A”
|
Raquel Perpetua JÁUREGUI GUILLÉN
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
QUINTO GRADO “B”
|
Lourdes Mescala MARAVÍ REYES
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
QUINTO GRADO “C”
|
Miriam Giovanna CASAÑA SOCUALAYA
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
QUINTO GRADO “D”
|
Saúl ARCOS GALVÁN (ocupa el cargo de Consejero Regional) (Vacante)
|
13:00 A 18:00 HORAS(Tarde)
|
AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA (DIGETE II) 30 horas pedagógicas de jornada laboral. Ocupará el reemplazante
|
Miler Juan ALIAGA HUÁROC
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07:50 A 12:50 HORAS (Según horario específico)
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DIGETE I (TALLER DE INFORMÁTICA EDUCATIVA) (20 horas pedagógicas) EDUCACIÓN FÍSICA (10 horas pedagógicas)
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Enedina HUAMANCAJA PADILLA
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13:00 A 18:00 HORAS (Tarde y según horario específico)
|
EDUCACIÓN FÍSICA (30 horas pedagógicas)
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PROFESOR DE BANDA DE MÚSICOS (Vacante para contrato con presupuesto Unidad Ejecutora de Tarma))
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07:50 A 10:50 (Mañana)
14:30 A 17:30 HORAS (Tarde) (según horario específico)
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TALLER MUSICAL (20 horas pedagógicas) DIGETE III (10 horas pedagógicas)
|
PROFESOR (A) DE DIGETE I Y RAZONAMIENTO MATEMÁTICO (Vacante para contrato con presupuesto de APAFA)
|
07:50 A 11:30 (Mañana)
14:30 A 17:30 HORAS (Tarde) (según horario específico)
|
DIGETE I (20 horas pedagógicas Taller de Informática) RAZONAMIENTO MATEMÁTICO (20 horas pedagógicas) Total: 40 horas pedagógicas.
|
PROFESOR (A) DE INGLÉS (Vacante para contrato con presupuesto de APAFA)
|
07:50 A 11:30 (Mañana)
14:30 A 17:30 HORAS (Tarde) (según horario específico)
|
TALLER DE INGLÉS (40 horas pedagógicas)
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Oscar Saturno SOTO ROJO (Auxiliar de Biblioteca)
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07:50 A 11:50 (Mañana)
14:00 A 18:00 HORAS (Tarde) (según horario específico)
|
DIGETE III – BIBLIOTECA TRADICIONAL Y VIRTUAL (Plan Lector)
(Utilización de las laptops e INFOESCUELA) Total: 40 horas cronológicas semanal mensual.
|
Artículo 2.- Encargar a la Subdirección Académica e integrantes del CONEI de la I.E. para hacer un estudio técnico en la ubicación de los grados y secciones en las aulas correspondientes.
Artículo 3.- Disponer para que la presente distribución se cumpla a cabalidad, solicitando a los integrantes del CONEI ser vigilantes de dicha indicación. Enfatizando que cualquier asunto de alguna modificación a la presente decisión administrativa será a través de un documento de igual rango administrativo, con la participación del 100% de los integrantes del CONEI en el real ejercicio de sus funciones y ceñidos a su Reglamento Interno. Recomendando a la Subdirección Académica orientar los horarios específicos de algunos cargos por convenir al servicio educativo y en estricto cumplimiento a la Escala de Valores y otras propuestas técnicos-pedagógicos-administrativos definidos en el Proyecto Educativo Institucional.
Artículo 4.- TRANSCRIBIR la presente Resolución en un número de treinta y seis ejemplares.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
______________________________
Prof. Francisco Secinio Solís Ortega
Director de la
Institución Educativa
“MIGUEL GRAU SEMINARIO”
Que transcribo a Ud. para su
conocimiento y demás fines
-------------------------------------------
Katerine Sarita Bashualdo Pérez
Secretaria II de la I.E. “Miguel Grau”
FSSO/Dir.I.E.
JLAF/Subdir. I.E.
Resolución Directoral
N° 120-2012-IE 31789 “MG”
La Oroya, 29 de diciembre del 2012. 29 de diciembre del 2010de d....
Vistos: el Libro de Actas del Comité Electoral de Elecciones de APAFA hojas 88,89, 90, 91 del 28 de diciembre del 2012; el Libro de Actas del CONEI hojas 108 del 18 de diciembre del 2012 y hoja 111 del 29 de diciembre del 2012 y demás actuados.
CONSIDERANDO.-
Que, la Ley No. 28044, Ley General de Educación, Artículo 69º establece que el Consejo Educativo Institucional es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana.
Que, por Decreto Supremo No. 023-2003-ED, se conforman los Consejos Participativos Regionales de Educación, los Consejos Participativos Locales de Educación y los Consejos Educativos Institucionales, integrados por representantes designados de conformidad con lo establecido por la Ley General de Educación No. 28044, de acuerdo con la realidad del ámbito respectivo;
Que, según la Resolución Ministerial No. 0853-2003-ED, Artículo 2do. Dispone a nivel de centros y de las redes de centros educativos, que las funciones referidas al Programa Nacional de Emergencia Educativa, sean asumidas por los Consejos Educativos Institucionales;
Que, la Dirección de la Institución Educativa Estatal de Menores No. 31789 “Miguel Grau”, ha tomado conocimiento de los representantes de los diferentes estamentos al Consejo Educativo Institucional.
Que, amparado en la Constitución Política del Perú, en la Ley No. 28044 y sus modificatorias Ley No. 28123, 28302, 28329 y su Reglamento de Educación Básica Regular D.S. No. 013-2004-ED, Ley No. 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Modificatoria Ley No. 28628 y su Reglamento D.S. No. 033-2005-PCM, Ley No. 28628 Ley que Regula la Participación de las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones Publicas y su reglamento D.S., No. 004-2006-ED, D.S. No. 007-2001-ED de Normas para la Gestión, Desarrollo de las Actividades en los Centros y Programas Educativos, D.S. No. 023-2003-ED de Disposiciones de Emergencia y Reforma en la Aplicación de la Ley General de Educación, , R.M. No. 0853-2003-ED sobre Disposiciones a la Aplicación Progresiva de la Ley General de Educación de Medidas de Emergencia Educativa, Directiva No. 088-2003-VMGI sobre Normas para la Conformación, Formalización y el Registro de los Consejos Educativos Institucionales en las Instituciones Educativas, Unidades de Gestión Educativa Local y/o Direcciones Regionales de Educación, R.M. No. 0431-2012 Directiva de Normas y Orientaciones para el Desarrollo Escolar 2013; Resolución Directoral Subregional de Junín No. 02083-DSREJ del 26-03-1968 de resignación en el mismo cargo de Director Titular a la I.E. No. 31789 “Miguel Grau” al profesor Francisco Secinio Solís Ortega; al Reglamento Interno de la I.E., Resolución Directoral No. 022-2011-IE-31789 “MG” que aprueba el Reglamento del Consejo Educativo Institucional de la I.E. “Miguel Grau” y otras normas conexas y anexas.
SE RESUELVE.-
Artículo 1º.- RECONOCER AL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL, de la Institución Educativa Nº 31789 - "Miguel Grau", sector de Buenos Aires, distrito de La Oroya, provincia de Yauli, región de Junín.
Artículo 2.- El Consejo Educativo Institucional de la Institución Educativa Nº 31789 - "Miguel Grau", está constituido de la siguiente manera:
NOMBRES Y APELLIDOS
|
D.N.I. / CÓDIGO
|
CARGO
|
Francisco Secinio SOLÍS ORTEGA
|
23713456
|
Presidente (Director de la I.E.)
|
Jorge Luis ASTUCURI FERNÁNDEZ
|
21248359
|
Secretario Técnico (Subdirector de la I.E.)
|
Carlos Alberto UNTIVEROS MEDRANO
|
20025908
|
Representante de Docentes
|
Elisa HUANAY VILLAVA
|
21289926
|
Representante de APAFA
|
Arturo Santisteban COSME CANCHÁN
|
21243619
|
Representante de Administrativos
|
Artículo 3.- La vigencia del Consejo Educativo Institucional será a partir del 31 de diciembre del 2012 hasta el 30 de diciembre del 2013.
Artículo 4º.- El Consejo Educativo Institucional cumplirá las funciones en los aspectos de participación, concertación y de vigilancia ciudadana en estricta observancia a su respectiva normatividad en vigencia y a su propio Reglamento Interno aprobado con la Resolución Directoral No. 022-2011-I.E. 31789 “MG” del 20-03-2011 entregado en su oportunidad a todo los integrantes de los escalones internos para su difusión, aplicación y archivo.
Artículo 5º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución en un número de siete ejemplares.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
______________________________
Prof. Francisco Secinio Solís Ortega
Director de la
Institución Educativa
“MIGUEL GRAU SEMINARIO”
Que transcribo a Ud. para su
conocimiento y demás fines
-------------------------------------------
Katerine Sarita Bashualdo Pérez
Secretaria II I.E.”Miguel Grau”
Resolución Directoral
N° 122-2012-IE 31789 “MG”
La Oroya, 29 de diciembre del 2012...23
Vistos: el acta del proceso electoral de elecciones del Municipio Escolar llevado a cabo por el Comité Electoral de Elecciones de los Estudiantes de la Institución Educativa No. 31789 “Miguel Grau” el miércoles 19 de diciembre del 2012; el Informe presentado por el Profesor Edwin Rolando Albornoz Delgado, Asesor del Comité Electoral de E lecciones del Municipio Escolar y demás actuados.
CONSIDERANDO.-
Que, la Ley General de Educación No. 28044 modificado por las Leyes 28123, 28302 y 28329 y la Resolución Ministerial No. 0431-2012-ED que aprueba la Directiva No. 014-2012-MINEDU/VMGP de “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en la Educación Básica” indica que en una institución educativa se deben organizar entidades para garantizar y asegurar el proceso educativo de sus estudiantes desarrollando sus fortalezas (en lo biológico), educando las emociones (en lo psicológico) y trasmitiendo valores (en lo espiritual) a través de varias de estrategias educativas.
Que, a través de la Resolución Viceministerial No. 0019-2007-ED se aprueba las Normas y Orientaciones para la Organización e Implementación de los Municipios Escolares para promover prácticas de organización y participación democrática escolar en experiencias educativas orientadas al bienestar escolar, a su participación activa, a su promoción y defensa de sus derechos, así como el cumplimiento de sus responsabilidades.
Que, la Dirección de la Institución Educativa Estatal de Menores No. 31789 “Miguel Grau”, en coordinación con el Subdirector Académico y el Área de Orientación, Tutoría y Prevención Integral OTUPI tomaron decisiones para asegurar la continuidad en la organización del Municipio Escolar 2013.
Que, estando a lo aprobado por el Subdirector Académico e integrantes del Consejo Educativo Institucional a lo dispuesto por el despacho del Director de la Institución Educativa No. 31789 “Miguel Grau” de La Oroya.
Amparado en la Constitución Política del Perú, en la Ley No. 28044 y sus modificatorias Ley No. 28123, 28302, 28329, Reglamento de Educación Básica Regular D.S. 013-2004-ED, Ley No. 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento D.S. No. 033-2005-PCM, Ley No. 28628 Ley que Regula la Participación de las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones Públicas y su Reglamento D.S., No. 004-2006-ED, Directiva No. 088-2003-VMGI sobre Normas para la Conformación, Formalización y el Registro de los Consejos Educativos Institucionales en las Instituciones Educativas, Unidades de Gestión Educativa Local y/o Direcciones Regionales de Educación, Resolución Ministerial No. 0431-2012-ED que aprueba la Directiva No. 014-2012-MINEDU/VMGP de “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en la Educación Básica”, Resolución Viceministerial No. 0019-2007-ED que Norma la Organización e Implementación de los Municipios Escolares en las II.EE. de la República del Perú, Oficio Múltiple No. 056-2010-VMGP/DIGEBR, Oficio Múltiple No. 0147/2010-D.UGEL-AGP/Y Resolución Directoral Subregional de Educación de Junín No. 02083-DSREJ del 26-03-1998 donde se reasigna como Director Titular de la I.E. “Miguel Grau” al Profesor Francisco Secinio Solís Ortega quien más de doce (12) años a esa fecha venía desempeñando similar cargo en una I.E. del Ex – Sistema Fiscalizado de Centromin Peru, por ser Ganador de Concurso Público a nivel del Sistema Educativo de Centromin Peru y otras normas conexas y anexas.
SE RESUELVE.-
Artículo 1º.- RECONOCER EL MUNICIPIO ESCOLAR PERIODO 2013 de la Institución Educativa Nº 31789 - "Miguel Grau Seminario", sector de Buenos Aires, distrito de La Oroya, provincia de Yauli, región de Junín que está conformado de la siguiente manera:
NOMBRES Y APELLIDOS
|
D.N.I.
|
CARGO
|
Noemí Marianela GUTARATE PÉREZ
|
72641397
QUINTO “B” AÑO 2012
|
ALCALDESA
|
Brighit Otilia JORGES ACOSTA
|
70415503
QUINTO “B” AÑO 2012
|
TENIENTE ALCALDESA
|
Nathalí Fernanda ALIAGA TORO
|
72851772
QUINTO “A” AÑO 2012
|
REGIDOR (A) DE EDUCACIÓN, CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE
|
Jhelkin Rildo BEJARANO HUÁROC
|
72882720
SEXTO “B” AÑO 2012
|
REGIDOR (A) DE SALUD, SERVICIOS Y AMBIENTE
|
Alexis Jair ROMERO MEDRANO
|
71218383
TERCERO “D” AÑO 2012
|
REGIDOR (A) DE EMPRENDIMIENTO Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
|
Kiara Allison GAMERO MENDOZA
|
76668983
TERCERO “A” AÑO 2012
|
REGIDOR (A) DE DEBERES Y DERECHOS DEL NIÑO (A) Y ADOLESCENTE
|
Martín Iván OJEDA VÁSQUEZ
|
72448241
CUARTO “B” AÑO 2012
|
REGIDOR (A) DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN
|
Silvia Isabel CASTRO SANTOS
|
966778210
|
DOCENTE ASESORA DEL MUNICIPIO ESCOLAR
|
Artículo 2.- La vigencia del Municipio Escolar será a partir del 02 de enero del 2013 hasta el 31 de diciembre del 2013.
Artículo 3.- Reconocer al profesora Silvia Isabel CASTRO SANTOS (o a su reemplazante) como ASESORA DEL MUNICIPIO ESCOLAR. Quien como integrante del Órgano Ejecutivo de la I.E. “Miguel Grau” deberá cumplir labores de asesoramiento en el cumplimiento de sus obligaciones del Concejo Escolar de acuerdo al Plan Anual de Trabajo Anual del Municipio Escolar. Y al final del año escolar 2013 bajo responsabilidad administrativa y funcional es el responsable de presentar el Libro de Actas y Libro de Caja del Municipio Escolar con toda la documentación sustentatoria de la gestión 2013 de tan importante Entidad Escolar.
Artículo 5.- TRANSCRIBIR la presente Resolución en un número de doce (12) ejemplares.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
______________________________
Prof. Francisco Secinio SOLÍS ORTEGA
Director de la
Institución Educativa
“MIGUEL GRAU SEMINARIO”
Que transcribo a Ud. para su
conocimiento y demás fines
-------------------------------------------
Katerine Sarita BASHUALDO PÉREZ
Secretaria II de la I.E. “Miguel Grau”
“AÑO DE LA INVERSIÓN DEL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 001-2013- I.E. 31789 “MG”
La Oroya, 17 de enero del 2013.............................
Visto, las directivas sobre vacaciones del personal Directivo, Docente y Administrativo emitido por las autoridades competentes y evaluado por el Equipo Directivo el rol de vacaciones de acuerdo a las necesidades del servicio público y administrativo de la Institución Educativa N° 31789 “Miguel Grau” de la ciudad de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín.
CONSIDERANDO:
Que, es política de la Dirección de la Institución Educativa N° 31789 “Miguel Grau” garantizar el normal desarrollo de las actividades educativas de acuerdo a disposiciones de la Dirección Regional de Educación de Junín y Programa Sectorial III – UGEL – Yauli.
Que, de acuerdo a ley, es necesario disponer las vacaciones del Personal Directivo, Docente y Administrativo que laboran en el Institución Educativa N° 31789 "Miguel Grau", que han desempeñado su trabajo con normalidad el presente año 2012.
Que, habiendo determinado las autoridades superiores que las vacaciones del personal administrativo prioritariamente tiene que realizarse en los meses de enero y febrero y excepcionalmente en las vacaciones escolares de los alumnos a medio año a fin de garantizar y no interrumpir el normal desarrollo del servicio administrativo público en el periodo de marzo a diciembre.
Que, la mayoría del profesorado durante el año 2012 ha protagonizado una huelga general indefinida a nivel nacional y que por ese motivo la administración de la I.E. por indicación de la UGEL Yauli ha programado una recuperación académica a través de una recalendarización del año escolar donde las clases y/o dirección del aprendizaje se ha prolongado hasta el 26 de enero del 2013 incluido los sábados desde el mes de octubre..
Que, el Director de la Institución Educativa por labores de responsabilidad funcional no puede programar sus vacaciones conjuntamente con el Subdirector de la I.E. por compartir la responsabilidad pedagógica, administrativa e institucional en la I.E. “Miguel Grau”.
Amparado en la Constitución Política del Perú; Ley General de Educación N° 28044, modificado por las leyes 28123, 28302 y 28329; Ley del Profesorado N° 24029 y su modificatoria N° 25212 Reglamento de la Ley del Profesorado D.S. 019-90-ED: Ley No. 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial y su Reglamento aprobado con D.S. No. 003-2008-ED y D.S. No. 079-2009-EF entre otros puntos que modifica el Art. 93 Numeral 93.3 del Reglamento aprobado con el D.S. 003-2008-ED; Ley No. 29944 Ley de la reforma Magisterial en proceso de implementación; Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa D.S.005-90-PCM; Reglamento de Educación Básica Regular aprobado por D.S. 013-2004-ED; Ley No. 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Modificatoria Ley No. 28628 y su Reglamento D.S. No. 033-2005-PCM, Lineamientos del Programa Nacional de Emergencia Educativa D.S. 029-2003-ED; R.M. No. 0431-2012-ED que aprueba la Directiva No. 014-2012-MINEDU/VMGP sobre Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en las II.EE. de Educación Básica; Resolución Directoral Subregional de Junín No. 02083-DSREJ del 26-03-1998 de resignación en el mismo cargo de Director Titular a la I.E. No. 31789 “Miguel Grau” al profesor Francisco Secinio Solís Ortega y otras normas conexas y anexas.
SE AUTORIZA:
Artículo 01.- OTORGAR vacaciones anuales al Personal Docente tanto de Aula y por Horas con jornada laboral de 30 horas semanal mensual que laboraron durante el presente año 2012. Con una serie de conflictos debido a la huelga magisterial que es conocimiento y dominio público.
Quienes deben retornar el viernes 01 de marzo a las labores escolares e iniciar con el cumplimiento de las horas efectivas en la dirección del aprendizaje de los estudiantes a partir del lunes 04 de marzo del 2013..
Artículo 02.- APROBAR Y OTORGAR las vacaciones anuales del Director, Subdirector y al Personal Administrativo por el espacio de treinta (30) días, en las siguientes fechas:
NOMBRES Y APELLIDOS
|
C A R G O
|
JORNADA LABORAL
|
VIGENCIA
|
Francisco Secinio SOLÍS ORTEGA
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Director
|
40 horas
|
Del miércoles 23 de enero del 2013 hasta el jueves 21 de febrero del 2013 TOTAL: 30 DÍAS
|
Jorge Luis ASTUCURI FERNÁNDEZ
|
Subdirector
|
40 horas
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Del lunes 05 de agosto del 2013 hasta lunes el 19 de agosto del 2013 (15 días). Del lunes 04 de noviembre del 2013 hasta el lunes 18 de noviembre del 2013 (15 días) Total 30 días. TOTAL 30 DÍAS.
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Katerine Sarita BASHUALDO PÉREZ
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Secretaria II (Contratada del 03 de marzo del 2012 hasta el 31 de diciembre del 2012) y (Contratada del 07 de enero del 2013 hasta el 31 de diciembre del 2013)
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40 horas
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Del lunes 15 de julio del 2013 hasta el lunes 29 de julio del 2013 (15 días). Del lunes 09 de setiembre del 2013 hasta el lunes 23 de setiembre del 2013 (15 días) TOTAL 30 DÍAS.
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Oscar Saturno SOTO ROJO
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Auxiliar de Biblioteca
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40 horas
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Del jueves 24 de enero del 2013 hasta viernes 22 de febrero del 2013. TOTAL 30 DÍAS.
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Adrián Alejandro QUISPE CARLOS
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Trabajador de Servicio
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40 horas
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Del lunes 31 de enero del 2013 hasta el domingo 24 de febrero del 2013. TOTAL 25 DÍAS.
Nota: Porque el mes de agosto tomó por decisión administrativa excepcional 05 días de vacaciones (Del 06 al 08 -08-2012).
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Arturo Santisteban COS-ME CANCHÁN
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Trabajador de Servicio
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40 horas
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Del lunes 01 de febrero del 2013 hasta el 28 de febrero del 2013. TOTAL 28 DÍAS.
Nota: Porque en el mes de noviembre por fallecimiento de un familiar tomo dos días (05 y 06) adelanto de sus vacaciones.
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Francisco Salez BALBÍN CONTRERAS
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Trabajador de Servicio
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40 horas
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Del lunes 11 de marzo del 2013 hasta lunes 25 de marzo (15 días). Del lunes 05 de agosto del 2013 hasta el lunes 19 de agosto del 2013 (15 días) TOTAL 30 DÍAS.
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Graciela SUÁREZ SEDA-NO
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Trabajadora de Servi-cio
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40 horas
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Puesto a disposición de la UGEL Yauli La Oroya a partir del 19 de abril del 2012 hasta la fecha a petición de la Dirección de la UGEL Yauli según Oficio No. 0799-2012-D.UGEL/YLO del 09 de abril del 2012.
Nota: En consecuencia será la UGEL Yauli o la I.E. donde labora quien tiene que programar sus vacaciones anuales.
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Artículo 03.- INFORMAR a la UGEL Yauli La Oroya, el presente Rol de Vacaciones del Personal Directivo Docente y Administrativo para el control real de su aplicación y cumplimiento, bajo responsabilidad administrativa y funcional de la Dirección de la Institución Educativa No. 31789 “Miguel Grau” de La Oroya.
Artículo 04.- TRANSCRIBIR la presente Resolución para conocimiento de todos los interesados para su cumplimiento y fines correspondientes. Siendo ellos:
Un (1) ejemplar : Director.
Un (1) ejemplar : Subdirector.
Cinco (5) ejemplares : Personal Administrativo
Un (1) ejemplar : Archivo de la IE
Un (1) ejemplar : UGEL – Yauli
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
FRANCISCO SOLÍS ORTEGA
DIRECTOR DE LA I.E. N° 31789
“MIGUEL GRAU”
Resolución Directoral
N° 116-2012-IE 31789 “MG”
La Oroya, 29 de diciembre del 2012.
Vistos: el Libro de Actas del Comité Electoral folios 88, 89, 90 y 91; la relación en original de las dos listas para el Consejo Directivo de APA FA y las dos listas para en Consejo de Vigilancia de A PAFA; el original del padrón de electores de los padres de familia procesado en las elecciones universales y secretas realizado el viernes 28 de diciembre del 2012 y demás actuados.
CONSIDERANDO.-
Que, de acuerdo a la política y objetivos educacionales del Ministerio de Educación, implementado por la Dirección Regional de Educación de Junín, por el Programa Sectorial III UGEL – Yauli/La Oroya e Institución Educativa de Menores N° 31789 “Miguel Grau“; es necesario proceder con el reconocimiento del Consejo Directivo otorgándole la legalidad del caso, a fin de garantizar la participación de los padres de familia como asociados en su organización, con la finalidad de contribuir en la mejora de la calidad educativa.
Que, la Ley N° 28044, Ley General de Educación y sus Modificatorias, considera la participación conjunta del Estado y la sociedad en el desarrollo de la Educación así como es deber de los padres educar a sus hijos y el derecho que tienen de participar en el proceso educativo de sus hijos de modo directo o a través de la Asociación de Padres de Familia (APAFA) y en los Consejos Educativos Institucionales (CONEI), y Comité de Evaluación (CE).
Que, mediante Ley N° 28628, se REGULA LA PARTICIPACIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE PADRES DE FAMILIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS, donde la APAFA es considerado como una organización estable de personas naturales de derecho privado y es regulado por el Código Civil en lo que sea pertinente con la Ley General de Educación y con su Reglamento y Estatuto Interno.
Que, por D.S. No. 004-2006-ED se aprobó el Reglamento de la Ley 28628 el mismo que consta de ochenta y seis (86) artículos y seis (06) disposiciones complementarias y finales, normas que rigen la participación de los padres de familia en el proceso educativo de sus hijos, así como la constitución, organización y funcionamiento de la APAFA en las instituciones educativas públicas.
Que, el Consejo Directivo es el órgano ejecutivo y de gestión de la Asociación de Padres de Familia con facultades, funciones y atribuciones específicas siendo responsable de su conducción y administración integral;
De conformidad de la Ley General de Educación N° 28044 y sus Modificatorias Ley No. 28123, 28302, 28329 y su Reglamento de Educación Básica Regular D.S. No. 013-2004-ED, Ley No. 28628 que Regula la Participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas, y su respectivo Reglamento D.S. N° 004-2006-E.D. Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades en los Centros Educativos D.S. N° 007-2001-ED; Dispositivos Complementarios de las Normas de Gestión de Desarrollo de las Actividades en los Centros Educativos R.M. N° 168-2002-ED; Orientaciones para el Desarrollo de las Actividades Educativas en las Instituciones Educativas Publicas R.M. N° 030-2004-ED. Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión en las II. EE. de Educación Básica y Educación Técnico Productiva N° 0711-2005-ED, a la Directiva No. 014-2012-MINEDU/VMGP de las Normas y Orientaciones para el Desarrollo Escolar 2013 aprobado por Resolución Ministerial No. 0431-2012-ED del 05-11-2013 y otras normas conexas y anexas.
Con las atribuciones conferidas en el Artículo 62 de la Nueva Ley Marco de Educación.
SE RESUELVE.-
Articulo 01.- Reconocer al Consejo Directivo de la Asociación de Padres de Familia de la Institución Educativa N° 31789 “Miguel Grau” del sector de Buenos Aires, distrito de La Oroya, provincia de Yauli, región de Junín, que a continuación se detalla:
VIGENCIA: A partir del 02 de enero del 2013 hasta el 30 de noviembre del 2014.
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CARGO
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NOMBRES Y APELLIDOS
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DNI
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PRESIDENTE
|
Paúl Alberto OSCANOA LAGOS
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21286108
|
VICEPRESIDENTE
|
Carlos BALDEÓN MARTÍNEZ
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21258411
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SECRETARIO
|
Susan MELÉNDEZ SÁNCHEZ
|
43192370
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TESORERO
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Inés MARCELO VÍLCHEZ
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21260337
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VOCAL I
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Norma BLANCO HUARANGA
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20893714
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VOCAL II
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Maritza YUPANQUI MERCADO
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20708312
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Articulo 02.- El Consejo Directivo de APAFA como órgano de gobierno de los padres de familia actuará de acuerdo al Reglamento de la Ley N° 28628, que Regula la Participación de los Padres de Familia y de las Instituciones Públicas según les corresponde aprobado por el D.S. N° 004-2006-ED y su propio Estatuto Interno. Así como estará representado en la administración de la Institución Educativa a través de su representante al CONEI a cargo de la Sra. Elisa HUANAY VILLALVA.
Artículo 03.- TRANSCRIBIR la presente Resolución en un número once (11) ejemplares
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
I.E. N° 31789 “MIGUEL GRAU”
Francisco Solís Ortega
DIRECTOR
Que transcribo a Ud. para su
conocimiento y demás fines
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Katerine Sarita Bashualdo Pérez
Secretaria II I.E. “Miguel Grau”
Resolución Directoral
N° 117-2012-IE 31789 “MG”
La Oroya, 29 de diciembre del 2012.
Vistos: el Libro de Actas del Comité Electoral folios 88, 89, 90 y 91; la relación en original de las dos listas para el Consejo Directivo de APA FA y las dos listas para en Consejo de Vigilancia de A PAFA; el original del padrón de electores de los padres de familia procesado en las elecciones universales y secretas realizado el viernes 28 de diciembre del 2012 y demás actuados.
CONSIDERANDO.-
Que, de acuerdo a la política y objetivos educacionales del Ministerio de Educación, implementado por la Dirección Regional de Educación de Junín, por el Programa Sectorial III UGEL – Yauli/La Oroya e Institución Educativa de Menores N° 31789 “Miguel Grau“ es necesario regularizar el reconocimiento del Consejo de Vigilancia para garantizar la participación de los padres de familia y sus asociados en el mejoramiento de la calidad educativa en base a una buena y transparente gestión administrativa y económica.
Que, la Ley N° 28044, Ley General de Educación, considera la participación conjunta del Estado y la sociedad en el desarrollo de la Educación así como es deber de los padres educar a sus hijos y tienen el derecho a participar en el proceso educativo de sus hijos de modo directo o a través de la Asociación de Padres de Familia y en los Consejos Educativos Institucionales.
Que, mediante Ley N° 28628, se REGULA LA PARTICIPACIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE PADRES DE FAMILIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS, donde la APAFA es considerado como una organización estable de personas naturales de derecho privado y es regulado por el Código Civil en lo que sea pertinente con la Ley General de Educación.
Que, por D.S. No. 004-2006-ED se aprobó el Reglamento de la Ley 28628 el mismo que consta de ochenta y seis (86) artículos y seis (06) disposiciones complementarias y finales, normas que rigen la participación de los padres de familia en el proceso educativo de sus hijos, así como la constitución, organización y funcionamiento de la APAFA en las instituciones educativas públicas.
Que, el Consejo de Vigilancia es el órgano de control interno de la Asociación de Padres de Familia con facultades, funciones y atribuciones específicas normados en la Ley 28628 y su Reglamento D.S. No. 004-2006-ED, siendo responsable de verificar la administración económica, administrativa y de gestión del Consejo Directivo de APAFA y de los Comités de Aula y Talleres.
De conformidad a la Constitución Política del Perú, a la Ley General de Educación N° 28044 y sus Modificatorias No. 28123, 28302, 28329 y su Reglamento de Educación Básica Regular D.S. No. 013-2004-ED; Ley No. 28628 que Regula la Participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Publicas, y su respectivo Reglamento D.S. N° 004-2006-E.D. Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades en los Centros Educativos D.S. N° 007-2001-ED; Dispositivos Complementarios de las Normas de Gestión de Desarrollo de las Actividades en los Centros Educativos R.M. N° 168-2002-ED; Orientaciones para el Desarrollo de las Actividades Educativas en las Instituciones Educativas Publicas R.M. N° 030-2004-ED; Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión en las II. EE. de Educación Básica y Educación Técnico Productiva N° 0711-2005-ED; a la Directiva No. 014-2012-MINEDU/VMGP de las Normas y Orientaciones para el Desarrollo Escolar 2013 aprobado por Resolución Ministerial No. 0431-2012-ED del 05-11-2013 y otras normas conexas y anexas.
Con las atribuciones conferidas en el Artículo 62 de la Nueva Ley Marco de Educación.
SE RESUELVE.-
Artículo 01.- Reconocer al Consejo de Vigilancia de la Asociación de Padres de Familia de la I.E. N° 31789 “Miguel Grau” del sector de Buenos Aires, distrito de La Oroya, provincia de Yauli y región Junín:
VIGENCIA: A partir del 02 de enero del 2013 hasta el 30 de noviembre del 2014.
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CARGO
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APELLIDOS Y NOMBRES
|
DNI
|
PRESIDENTE
|
Raúl CHANCÁN RAMOS
|
42183045
|
SECRETARIA
|
José CHALCO LUCEN
|
41403760
|
VOCAL
|
Juan CABALLERO RICALDI
|
43444137
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Artículo 02.- El Consejo de Vigilancia de APAFA como órgano de control actuará estrictamente de acuerdo a las funciones precisados en el artículo N° 39 del Reglamento de la Ley que Regula la Participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Públicas aprobado por el D.S. N° 004-2006-ED.
Artículo 03.- TRANSCRIBIR la presente Resolución en un número ocho (08) ejemplares, distribuidos de la siguiente manera:
Un(01) ejemplar : Órgano Intermedio UGEL - Yauli
Un(01) ejemplar : Subdirección Académica
Tres(03) ejemplares : Consejo de Vigilancia de APAFA
Un (01) ejemplar : Representante APAFA al CONEI
Un (01) ejemplar : Presidente de APAFA
Un (01) ejemplar : Archivo de la I.E.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
I.E. N° 31789 “MIGUEL GRAU”
________________________
Prof. Francisco Solís Ortega
DIRECTOR
Que transcribo a Ud. para su
conocimiento y demás fines
Katerine Sarita Bashualdo Pérez
Secretaria II I.E. “Miguel Grau”
Resolución Directoral
N° 123-2012-IE 31789 “MG”
La Oroya, 29 de diciembre del 2012
Visto, la verificación y consolidado del Control de Asistencias
de HORAS EXTRAS desarrollado por un representante de los administrativos al CONEI, y nuevamente realizado la verificación por un representante de los administrativos al Comité de Evaluación de la Institución Educativa Nº 31789 “Miguel Grau” de La Oroya.
Visto, el Registro de Asistencias del Personal Directivo, Docente y Administrativo destinado al control de asistencia de horas extras (fuera del horario normal de acuerdo a ley) compuesto de veinticuatro folios anverso y reverso que se encuentra archivado en la I.E.
CONSIDERANDO.-
Que, es política de la Dirección de la Institución Educativa Estatal de Menores Nº31789 “Miguel Grau” del sector de Buenos Aires, distrito de La Oroya, provincia Yauli; FELICITAR Y RECONOCER a los directivos, docentes y administrativos que han realizado trabajo excepcionales de transcendencia en bien de la Educación Nacional y particularmente a favor de los estudiantes contribuyendo de esa manera con el mejoramiento del servicio educativo y administrativo público que desarrolla en el Plantel a través de la participación desinteresada y voluntaria de los trabajadores en eventos académicos deportivos, culturales, recreativos y apoyo logístico dentro y fuera de nuestra jurisdicción educacional.
Que, el Proyecto Educativo Nacional, Regional, Local e Institucional tiene como objetivo fundamental mejorar la calidad de la educación a través del desarrollo de competencias básicas de comprender textos construir razonamientos básicos de matemática y elaborar juicios morales consistentes.
Que, la Institución Educativa Estatal de Menores Nº 31789 “Miguel Grau” desarrolla dos talleres obligatorios de Informática, Inglés y otros talleres complementarios ampliamente difundido en el PEI y a través de nuestra página web, además, anualmente programa actividades educativas de acuerdo al Plan Anual de Trabajo con la única finalidad de incentivar y educar las ocho inteligencias múltiples de los educandos de Educación Básica Regular del Nivel de Educación Primaria.
Que, el REGISTRO DE ASISTENCIAS DE HORAS EXTRAS del personal Directivo, Docente y Administrativo en su conjunto, ha sido creado en la I.E. “Miguel Grau” a partir del año 1997, documento donde
después de marcar la tarjeta de ingreso y salida se escribe la fecha, hora de ingreso y salida con la respectiva firma y la descripción del trabajo realizado de acuerdo a sus funciones inherentes que realizan los trabajadores.
Que, en el artículo 26º de la Ley del Profesorado Leyes Nº 24029 y 25212 y su Reglamento D.S. Nº 019-90-ED en su artículo 107º, 108º y 116º. Indican que el profesorado tiene derecho a estímulos de agradecimiento y felicitación debido a su labor sobresaliente por acciones excepcionales en beneficio de la educación y cultura nacional.
Que, en el artículo 24º inciso i). De la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público D.L. Nº 276, indica que son derecho de los servidores públicos de Carrera: “Recibir menciones, distinciones y condecoraciones de acuerdo a los méritos personales…”. Ratificado en el artículo 147º inciso a). Del Reglamento de Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público D.S. Nº 005-90-PCM, cuyo programa de incentivos, especifica el reconocimiento de acciones excepcionales o de calidad extraordinaria relacionadas directamente o no con las funciones desempeñadas.
De conformidad con la Constitución Política del Perú, Dictamen de la Ley Marco de Educación, Ley General de Educación Nº 28044 y sus modificatorias Ley Nº 28123, 28302, 28329, Ley del Profesorado Leyes Nº 24029 y 25212; Reglamento de la Ley
el Profesorado D.S. Nº 19-90-ED; Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento
D.S. Nº 005-90-PCM; R.M. Nº1166-02-ED; D.S. Nº 009-98- PRES: D.S.Nº 007-2001-ED; D.S. Nº 015-2002-ED; RVM Nº Nº 081-2002-ED; R.M.Nº 310-2003-ED; R.D. Nº 09671-2003-DREJ;R.D.Nº 2016-2003-DREJ; R.D. Nº 08522-2003-DREJ; R.ER.Nº 188-2003-GRJ/PR; R.E.R. Nº 535-2003. GRJ/PR. Y otras disposiciones conexas y anexas tanto a nivel general e interno.
SE RESUELVE:
Artículo 1º FELICITAR Y RECONOCER A LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, Y ADMINISTRATIVOS QUE HAN ACUMULADO HORAS EXTRAS. TRABAJADOS EN EXTRICTA OBSERVANCIA DE SUS OBLIGACIONES DE CONFORMIDAD AL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA I.E. INSTRUMENTO DE CONTROL DE LAS LABORES REALIZADOS A PARTIR DEL 01 DE ENERO DEL 2012 HASTA EL 30 DE DICIEMBRE DEL 2012, QUE MERECEN SER ESTIMULADOS LOS SIGUIENTES TRABAJADORES.
NOMBRES Y APELLIDOS
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HORAS CRONOLÓGICAS
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CARGO
|
BASHUALDO
PÉREZ, Katerine Sarita
|
Doscientos
cuarenta y siete (247)
|
Administrativo
– Secretaria de la I.E.
|
SOLÍS
ORTEGA, Francisco Secinio
|
Noventa
y seis (96)
|
Director
de la I.E.
|
BALBÍN
CONTRERAS, Francisco
|
Ochenta
y siete (87)
|
Administrativo
– Trabajador de Servicio
|
COSME
CANCHÁN, Arturo
|
Treinta
y tres (33)
|
Administrativo-
Trabajador de Servicio
|
ALBORNOZ
DELGADO, Edwin Rolando
|
Veinticinco
(25)
|
Profesor
de Aula
|
MARAVÍ
REYES, Lourdes Mescala
|
Veintidós
(22)
|
Profesora
de Aula
|
QUISPE
CARLOS, Alejandro
|
Veinte
(20)
|
Administrativo
– Trabajador de Servicio
|
CASTRO
SANTOS, Silvia
|
Dieciocho
(18)
|
Profesora
de Aula
|
BARZOLA
BLANCAS, Fressly
|
Quince
(15)
|
Profesor
de Banda de Músicos
|
ASTUCURI
FERNÁNDEZ, Jorge
|
Trece
(13)
|
Subdirector
de la I.E.
|
SOLÍS
DE LA CRUZ, Jorge
|
Diez
(10)
|
Profesor
de Aula
|
ROSALES
ROQUE, Liliana
|
Diez
(10)
|
Profesora
del Taller de Informática.
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Artículo 2º. ANOTAR, como MÉRITO en la Institución Educativa por ser trabajadores que están participando en el mejoramiento de la calidad educativa y/o en el servicio administrativo público nacional. Cumpliendo su misión de ser agentes destacados en el proceso educativo acorde al Proyecto Educativo Institucional, Local, Regional y
Nacional.
Artículo. 3ºTRANSCRIBIR la presente Resolución para ser distribuidos de la siguiente manera:
Un (01) ejemplar irectivos, Docente y Administrativo.
Un (01) ejemplar : Escalafón Interno del (de la) Trabajador (a) en UGEL Yauli
Un (01) ejemplar : Escalafón Interno del Docente en la I.E.
Un (01) ejemplar : Órgano Intermedio UGEL Yauli.
Artículo 4º. INFORMAR a la Unidad de Gestión Educativa Local de Yauli para anotar como mérito en la Ficha Escalafonaria del Trabajador Indicado en la presente Resolución.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
FRANCISCO S. SOLÍS ORTEGA
DIRECTOR I.E.
“MIGUEL GRAU”